¿Cuándo recurrir a la justicia por madrazos en las redes sociales?
Habla, en Mañanas BLU, la magistrada Gloria Stella Ortiz.
Para la magistrada Gloria Stella Ortiz, presidenta de la Corte Constitucional, la libertad de expresión tiene límites en el buen nombre y en la honra de las personas. Lo afirmó en Mañanas BLU al explicar la decisión de este jueves sobre el insulto en redes sociales.
“La primera premisa, con base en la cual nosotros resolvimos, es que los cuatro casos estudiados estaban referidos en situación de iguales. No analizamos la situación de medios de comunicación, de periodistas o de influencers o de personas que, en principio, no están en situación simétrica”, expresó.
En ese sentido, manifestó que el insulto en redes tiene unos límites en los derechos del otro y, por lo tanto, para que la justicia pueda actuar se deben revisar ciertas condiciones, entre las que se encuentran: medio, impacto, periodicidad o si la persona tiene oportunidad para defenderse.
“En esos casos sí intervenimos los jueces porque adquiere relevancia constitucional”, añadió al referirse al caso de un exdirectivo de Sayco que durante siete años recibió, a través de redes sociales insultos, reclamos y otros tratos denigrantes de un compositor.
Dijo que la sentencia protege la libertad de expresión, pero hay unos límites, tales como el derecho a no ser maltratado ni humillado.
“Es posible que el juez intervenga cuando hay trato no digno o insultos humillantes, cuando ese insulto no hace parte del derecho de la libertad de expresión porque termina afectando el derecho del otro”, agregó.
Añadió que la persona afectada no necesita imponer una demanda penal, ni ir a la Policía, sino acudir a un juez de tutela.
“Puede haber casos en que, un solo comentario, es de tal magnitud que tenga relevancia constitucional”, puntualizó.
Escuche aquí la entrevista completa con Gloria Stella Ortiz, en Mañanas BLU: